Los cursos SEPECAM son gratuitos para el alumno, pero además activan un sistema de becas y ayudas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) que compensan los costes derivados de la asistencia: transporte, manutención, alojamiento y conciliación familiar. Esta guía detalla las cuantías habituales, los requisitos para solicitarlas y el procedimiento administrativo.
¿Quién puede solicitar becas en cursos SEPECAM?
Pueden pedir becas las personas que cumplan estos tres requisitos a la vez:
- Estar admitidas en un curso SEPECAM de formación profesional para el empleo (presencial o mixto; las modalidades 100 % online no activan becas de transporte o manutención).
- Tener la condición de demandante de empleo con DARDE en vigor durante toda la duración del curso.
- Cumplir la asistencia mínima: 75 % de las horas lectivas. Por debajo, la beca se cancela y, en su caso, hay que devolverla.
Algunos cursos específicos también admiten trabajadores en activo (autónomos en ERTE, asalariados) pero las becas suelen estar reservadas a demandantes.
Tipos de becas en los cursos SEPECAM
🚌 Beca de transporte
Compensa el coste del transporte público o el kilometraje del vehículo propio al centro de formación. La cuantía habitual es de 1,5 € a 5 € por día asistido, en función de la distancia entre el domicilio y el centro.
Si usas transporte público, presentas las tarjetas o tickets como justificante. Si usas vehículo propio, se aplica la fórmula de kilometraje (0,19 €/km en la última actualización del IPREM) hasta el máximo previsto en la orden de convocatoria.
🍽️ Beca de manutención
Aplica solo si la jornada lectiva supera las 4 horas diarias y no hay descanso suficiente para comer en casa. La cuantía estándar es de 12 € por día asistido en presencial. Se justifica con el horario oficial del curso, no con tickets de comida.
Es incompatible con la beca de alojamiento (entendiendo que si pernoctas, la manutención ya está cubierta dentro de la ayuda de alojamiento).
🏨 Beca de alojamiento
Para alumnos cuyo domicilio esté a más de 50 km del centro de formación y que necesiten pernoctar para asistir. Cubre la estancia en hostal, pensión o residencia + manutención completa. La cuantía típica oscila entre 60 € y 100 € por día, sujeto a justificación con facturas.
👶 Beca de conciliación
Para personas con hijos menores de 12 años o personas dependientes a cargo. Compensa el coste de guardería, ludoteca, cuidado de mayores o servicios de conciliación. La cuantía es de hasta el 75 % del IPREM diario por cada persona dependiente a cargo, con un máximo mensual establecido en la orden de convocatoria.
Hay que justificarlo con libro de familia, certificado de empadronamiento conjunto y, en su caso, resolución oficial de dependencia.
Cuantías concretas y actualización con el IPREM
Las cuantías de las becas SEPECAM se actualizan cada año en función del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), el indicador de referencia para la mayoría de ayudas públicas. El IPREM 2026 está fijado en 600 € mensuales (40 € diarios), aunque puede revisarse con la Ley de Presupuestos.
Las órdenes anuales del SEPECAM fijan las cuantías concretas para cada tipo de beca; consulta siempre la orden vigente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) en el momento de tu inscripción al curso.
Cómo solicitar las becas
- En el momento de la inscripción: cuando solicites plaza en el curso, marca las casillas de las becas que vas a pedir y aporta la documentación de los requisitos (libro de familia para conciliación, certificado de empadronamiento, etc.).
- Documentación de soporte: el SEPECAM pedirá copias de DNI, DARDE en vigor, certificado bancario IBAN para el cobro y los justificantes específicos según la beca.
- Verificación con tu técnico de empleo: si tienes dudas, pide cita previa en tu oficina Emplea para que te ayuden a rellenar la solicitud correctamente.
- Resolución y abono: el SEPECAM resuelve y abona las becas al final del curso o por mensualidades, según la convocatoria.
Justificación de la asistencia
Las becas están condicionadas a la asistencia mínima del 75 % de las horas lectivas. Las ausencias justificadas (parte médico, baja, fuerza mayor, citación judicial) no cuentan para el 75 %; las no justificadas sí. Si caes por debajo del 75 %, la beca se cancela; si ya la habías cobrado, tienes que devolver la cuantía proporcional.
Compatibilidades e incompatibilidades
- Las becas SEPECAM son compatibles con la prestación por desempleo (paro contributivo y subsidio): no te quitan ni un euro de tu prestación.
- Son incompatibles con percibir otra beca de formación por el mismo curso (FUNDAE, programas estatales).
- La beca de manutención y la de alojamiento son incompatibles entre sí.
- Son compatibles con becas autonómicas de comedor escolar o conciliación familiar que no tengan el mismo fin específico.
Preguntas frecuentes sobre becas SEPECAM
¿Cuándo cobro la beca? Generalmente al final del curso, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada. Algunos cursos largos abonan mensualmente.
¿Tributa la beca en la declaración de la renta? Las becas para formación profesional reglada y para el empleo están exentas hasta determinados límites en el IRPF (artículo 7 de la Ley del IRPF). Consulta con un asesor fiscal si tu caso concreto supera los límites.
¿Tengo que devolver la beca si abandono el curso? Si causa baja sin justificación y por debajo del 75 % de asistencia, sí; si causa baja por enfermedad grave o causa de fuerza mayor justificada, no.
¿Pueden denegarme una beca si cumplo los requisitos? Sí, si presentas documentación incompleta o fuera de plazo. Si entiendes que la denegación es injusta, puedes presentar reclamación ante el SEPECAM en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación.
Para los detalles del procedimiento de inscripción, consulta nuestra guía de inscripción. Si quieres saber qué cursos hay en tu provincia, accede a Toledo, Albacete, Ciudad Real, Cuenca o Guadalajara.